¿Qué es un Registro Retributivo?

 

El Registro retributivo es un documento donde se recoge toda la información salarial de la empresa.

En este documento se deben mostrar, de forma detallada y desagregada por género, las retribuciones de todos los hombre y mujeres de tu plantilla.

El fin es garantizar la transparencia salarial y facilitar el acceso de esta información a Inspección o la Representación Legal de los Trabajadores, si fuese preciso (en ese caso, se facilitaría una copia que garantice la protección de datos de los trabajadores).

Si tu empresa cuenta con una plantilla superior a 50 personas, desde marzo de 2022 estás obligado a contar con una auditoría retributiva, donde se compruebe si se cumple el principio de igualdad salarial entre hombres y mujeres.

¿Qué empresas están obligadas a tener un Registro Retributivo?

Contar con un registro retributivo es obligatorio desde el 14 abril de 2021 para todas las empresas, independientemente de su volumen de plantilla.

Para los casos de empresas con más de 50 personas, desde marzo de 2022 deberán contar además con una auditoría retributiva y plan de igualdad.

¿Qué trabajadores deben incluirse en el Registro retributivo?

En el registro retributivo se debe incluir a toda la plantilla. Igualmente debe incluirse al personal directivo y altos cargos.

Según el Ministerio de Igualdad, habría que incluir a todas las personas trabajadoras por cuenta ajena, cualquiera que sea la modalidad de su contrato y su puesto, siempre que su contrato esté vigente en el periodo de referencia y haya percibido una retribución en ese margen temporal.

Además, si la empresa cuenta con más de 50 trabajadores y existe una diferencia de un 25% o más entre los salarios de hombres y mujeres, deberá incluirse en el registro salarial una justificación de que esa diferencia no está relacionada con el género.

¿En qué plazo debe realizarse el Registro retributivo?

Tu empresa ya debe contar con el registro retributivo para el año 2020, adaptado al contenido del Real Decreto 902/2020.

El periodo de referencia para elaborar el registro retributivo es de 1 año natural, a no ser que existan cambios sustanciales en el mismo.

En él se incluirán las retribuciones satisfechas a cada persona de tu plantilla. Ya deberías disponer del registro retributivo para el periodo de 2021. Contacta con nosotros, lo elaboramos por ti.

¿Qué trámites realizamos para elaborar tu Registro Retributivo?

1. Recopilar datos

Nos ponemos en contacto con la persona responsable de tu gestión laboral o de Recursos Humanos para recabar toda la documentación necesaria para elaborar el Registro retributivo.

2. Analizamos la información

Tras recopilar la documentación, realizamos un profundo análisis de estos datos y los cálculos para elaborar el registro salarial de acuerdo al Real Decreto 902/2020.

3. Registro Retributivo y Diagnóstico

Elaboramos el Registro retributivo de tu empresa según la normativa e identificamos posibles desigualdades y puntos de mejora, en su caso, para las que se hará una propuesta con las medidas necesarias para corregir dicha situación

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